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Testimonios

Residencia Permanente, “Green Cards”

Naturalización: Obtener la Ciudadanía Americana

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Defensa de Deportación

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Visa de No Inmigrante

Visas de No Inmigrante

Asilo

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1.

Residencia Permanente, “Green Cards”

¿Tienes un familiar cercano, como cónyuge, hijo o padre, que sea ciudadano o residente legal en los Estados Unidos?

Es posible que califiques para la residencia, o “Green Card,” para vivir y trabajar en los Estados Unidos (EEUU).

A través del sistema de preferencia familiar, puedes obtener una residencia legal permanente mediante un proceso conocido como «Ajuste de Estatus» (si te encuentras dentro de los EEUU) o mediante un «Procedimiento Consular» (si te encuentras fuera de los EEUU). El procedimiento comienza cuando el ciudadano o residente archiva el formulario I-130 con evidencia de la relación familiar.

Residencia Permanente Mediante Ajuste de Estatus

Si te encuentras dentro de los EEUU y tienes un familiar inmediato que sea ciudadano o residente legal, podrías calificar para un Ajuste de Estatus para obtener la residencia. El Ajuste de Estatus es el proceso en el cual puedes adquirir tu residencia permanente sin necesidad de salir de los EEUU.

Si has ingresado legalmente a los EEUU y te encuentras en un estado migratorio legal al momento de solicitar el ajuste, este proceso puede ser adecuado para ti. Sin embargo, hay excepciones que podrían aplicar, incluso si te encuentras fuera de estatus migratorio. Por ejemplo, si eres pariente cercano de un ciudadano o entraste inicialmente con una visa, puedes ser elegible para un Ajuste de Estatus a través de una solicitud familiar.

Residencia Permanente Mediante Visa de Inmigrante o Procedimiento Consular

Si estás fuera de los EEUU y tienes un familiar inmediato que sea ciudadano o residente legal, el Procedimiento Consular es una opción para obtener una Green Card. Este procedimiento está disponible para personas que están en EEUU pero no son elegibles para Ajuste de Estatus. A través de este proceso, obtendrías una «Visa de Inmigrante» en la embajada americana en tu país, la cual te permitirá viajar a EEUU para convertirte en residente permanente. Para muchos inmigrantes indocumentados con relaciones familiares en los EEUU, el Procedimiento Consular puede ser la única vía para arreglar sus papeles y obtener una Green Card.

Otras Leyes de Ajuste Para Obtener Residencia Permanente

También hay opciones limitadas, pero disponibles, para “arreglar tus papeles” en EEUU para aquellos que hayan entrado sin autorización o visa. Hay opciones disponibles si tienes una petición de inmigracion archivada con el Servicio de Inmigracion y Ciudadania (USCIS, por sus siglas en inglés) antes del 30 de abril de 2001 (también conocida por la sección 245(i)) o eres elegible bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA, por sus siglas en inglés). También podrían ajustar estatus en EEUU ciertos parientes de miembros o veteranos del servicio militar activo.

Green Card Services<br />
Naturalización: Obtener la Ciudadanía Americana

2.

Naturalización: Obtener la Ciudadanía Americana

¿Estás listo para convertirte en ciudadano?

Para calificar para la ciudadanía a través de la naturalización, debes haber tenido estatus de residente permanente legal o “Green Card,” durante al menos cinco años (o tres años si obtuviste la residencia permanente a través de un cónyuge ciudadano o mediante la Ley de Violencia contra la Mujer, (VAWA).

Un residente permanente legal debe ser mayor de 18 años, haber vivido continuamente en EE. UU. durante el período requerido (3 o 5 años) y demostrar un «buen carácter moral».

Parte del proceso incluye, asistir a una entrevista de naturalización dónde debes demostrar conocimientos de historia y educación civil de EEUU, así como tus habilidades en inglés.

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3.

Defensa en Procedimientos de Deportación

Los procedimientos de deportación son administrados por el Departamento de Justicia de los EEUU y no por el USCIS. Éstos comienzan cuando el gobierno de los EEUU le acusa de estar en este país en violación al derecho migratorio y busca que el juez ordene su expulsión.

Todo extranjero con o sin estatus legal en los EEUU podría ser sujeto a procedimientos de deportación. Si te encuentras en los EEUU sin estatus migratorio legal o enfrentas problemas legales de inmigración, es crucial comprender tus derechos. Los procedimientos de deportación pueden ser desafiantes, pero tienes derecho a estar representado por un abogado.

Ofrecemos defensa en estos procedimientos y trabajamos incansablemente para ayudarte a evitar la deportación en los siguientes casos:

Deportación injusta: A veces, el gobierno de EEUU comete errores legales cuando inicia un proceso de deportación. Si crees que existen errores en tu caso de deportación, podemos ayudarte a presentar una solicitud para que tu caso sea terminado y proteger tu derecho a permanecer en el país. También, en algunos casos, podemos demostrar que tu situación migratoria no es una prioridad de deportación para la seguridad pública y nacional de los EEUU.

Protección Internacional: Si enfrentas amenazas o temes por tu seguridad en tu país, podemos ayudarte a buscar protección en EEUU. Esto incluye solicitar asilo y otras protecciones amparadas por tratados internacionales como la Convención Contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés).

Cancelación de Expulsión (No Residentes): Si llevas más de 10 años en EEUU, tienes buen carácter moral, no has cometido ciertos delitos y puedes demostrar que tu deportación causaría un sufrimiento excepcional e inusitado a un familiar cercano ciudadano o residente— puede que califiques para no ser deportado.

Cancelación de Expulsión (Residentes Permanentes): Si eres residente permanente y estás en riesgo de deportación debido a presuntas violaciones de las leyes de inmigración, ¡aún tienes opciones! Si eres residente permanente y estás en riesgo de deportación debido a presuntas violaciones de las leyes de inmigración, ¡aún tienes opciones! Podemos ayudarte a evitar tu deportación si has vivido menos de 7 años en EEUU, no tienes condenas graves y puedes demostrar que mereces permanecer en el país.

Ajuste de Estatus: Si eres elegible para ajustar tu estatus migratorio y obtener la residencia legal, un juez de inmigración tiene la autoridad para otorgar esta importante oportunidad. Podemos asesorarte y representarte en este proceso crucial.

Salida Voluntaria: Si no calificas para ningún beneficio migratorio que te permita quedarte legalmente, te ayudamos a solicitar ante el tribunal de inmigración una salida voluntaria. Esto te permite partir por tu propia voluntad en lugar de enfrentar una orden de deportación. Nuestra experiencia puede ayudarte a tomar la mejor decisión para tu situación.

Deportation defense
Naturalización: Obtener la Ciudadanía Americana

4.

Visas de No Inmigrante

Guía para Visas de No Inmigrante

En el sistema estadounidense de visas de no inmigrante, la A es para diplomáticos, la E para inversionistas, la F para estudiantes y la O para individuos con habilidades extraordinarias o logros en ciertos campos.

Una visa de no inmigrante permite a un extranjero viajar a los Estados Unidos por un período y con un propósito específico. Por ejemplo, un turista necesitaría una visa B-2 para entrar a los Estados Unidos y permanecer hasta 6 meses. Sin embargo, no se autoriza el empleo remunerado. La visa B-1 es para individuos que vienen a los Estados Unidos por negocios, como asistir a reuniones de negocios o firmar contratos.

Las personas que desean venir a los Estados Unidos para participar en ocupaciones especializadas o modelaje para la industria de la moda pueden calificar para una visa H1-B. El programa H autoriza a los trabajadores a venir a los Estados Unidos con sus cónyuges e hijos solteros menores de 21 años.

Los inversionistas extranjeros, ejecutivos y empresarios son bienvenidos en los Estados Unidos bajo varios programas, incluidas las visas E (comerciantes e inversionistas por tratado) y las visas L (transferencias dentro de la misma empresa). Otras categorías de visa, como la O-1, también pueden aplicar. El período de estancia autorizado en el país y la disponibilidad o duración de las extensiones dependerán de la categoría de visa y del país de nacionalidad.

La categoría de visa P es apropiada para ciertos deportistas, artistas y entretenedores, ya sea individualmente o como miembro de un equipo o grupo.

Individuos con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o deportes y aquellos con un historial comprobado de logros extraordinarios en la industria del cine o la televisión pueden venir a los Estados Unidos bajo las clasificaciones de visa O.

Cada categoría de visa tiene un conjunto de requisitos y calificaciones que pueden ser bastante rigurosos. Una consulta con un abogado de inmigración es esencial para un proceso fluido.

5.

Beneficios Humanitarios

Visas U y T para victimas de crimen, de tráfico humano y trabajo forzado Luchamos todos los dias para proteger a nuestra gente de estos abusos. Si usted ha sido victima de delitos o de maltratos de un patron inescrupuloso, o o hasta el mismo coyote, puede que exista una visa para usted y hasta la posibilidad de obtener un “Green Card”.

Estatus De Protección Temporal (TPS) El Secretario de Seguridad Nacional podrá designar a un país extranjero para el Estatus de Protección Temporal (TPS), si las condiciones en éste impiden temporalmente el regreso seguro de sus ciudadanos, o cuando el país no puede manejar adecuadamente el retorno de sus ciudadanos. USCIS puede otorgar el TPS a los ciudadanos elegibles de ciertos países (o regiones dentro de esos países), que ya están en los Estados Unidos. También personas sin nacionalidad, pero cuya última residencia habitual era en el país designado, también pueden estar cubiertos por el TPS.

El Asilo Político, Suspensión de Expulsión, Convención Contra La Tortura (CAT) Cada año, llegan a los Estados Unidos personas en busca de protección, ya que han sufrido persecución o temen sufrir persecución debido a:

  • Su origen racial o étnico
  • Sus creencias religiosas
  • Su origen nacional
  • Que pertenecen a un grupo social particular
  • Su opinión política

Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) El 15 de junio de 2012, el Secretario de Seguridad Nacional anunció que ciertas personas que llegaron a Estados Unidos cuando eran niños y que cumplan una serie de pautas, podrán ser considerados para acción diferida durante un período de dos años, sujeto a renovación. También son elegibles para permiso de trabajo. La acción diferida es un uso de la discreción fiscal de aplazar procesos de remoción contra un individuo por un cierto período de tiempo. La acción diferida no proporciona un estatus legal.

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